¿PUEDE ACOGERSE AL SISTEMA DE MÓDULOS LA ACTIVIDAD DE CAMPAMENTO TURÍSTICO?
Los titulares de una actividad de campamentos turísticos están facultados en el IAE a realizar en ellos, por sí mismos y no a través de terceras personas, la actividad de servicios de restaurantes (y de café y bar), satisfechos el 25% de la cuota correspondiente a dichos servicios; se trata de una única actividad, sin que pueda desglosarse el rendimiento único en dos (camping y restaurante), no incluida en la OM que aprueba los módulos.